Powered By Blogger

lunes, 8 de octubre de 2012

Justicia Cordial - Adela Cortina


¿Justicia más allá de los límites de la reciprocidad?



Para Adela Cortina la justicia y la ética tiene alcances diferentes, la primera se relaciona con la igualdad y el segundo con la proporcionalidad. En otras palabras la justicia se refiere a lo cualitativo, y la ética a lo cuantitativo. La autora estudia a la justicia en relación con los animales, plantas y minerales, es decir seres irracionales.
De lo anterior, dos posturas convergen en cuanto a aquellos seres irracionales,  por un lado, existen los animalistas, quienes consideran que en las fronteras de la justicia se debe incluir a los animales; y por el otro, están los biocentristas, quienes a diferencia de los primeros consideran que es la naturaleza en su conjunto la que debe ser considerada por la justicia.
De estas dos posturas Cortina se hace la pregunta si tanto los animales y la naturaleza son sujetos de derecho, y si a estos debe extenderse la justicia. Una postura aparte señala que se debe ser capaz de exigir derecho y también de asumir deberes en el seno de una comunidad, por lo cual ni los animales ni la naturaleza entrarían dentro de tal.
Por otro lado, el utilitarismo señala que la consideración moral se sitúa en la capacidad de sufrir el dolor y sentir el placer, su principio es que el máximo de placer para el mayor número de seres con capacidad de sentir. Se dice que el utilitarismo se proponía abolir las diferencias entre las personas, por lo cual en relación con lo que mencionaba nuestra autora, se podría romper con aquellas diferencias ahora entre las especies, así como se ha hecho entre el sexo o raza. Sin embargo, esta corriente tiene también su lado negativo, por lo cual se le hacen dos objeciones:

1) No respeta los derecho individuales
2) No es posible agregar a todo un valor y preferencias

En cuanto al primer punto podemos dar un caso concreto, en el Coliseo Romano convivían muchos espectadores para divertirse entre ellos, el Emperador, los senadores y la población en general. Este espectáculo causaba mucha satisfacción a las personas que lo presenciaban, a pesar de que los que se encontraban abajo sufría por las fieras y fallecían. El grupo de los primeros, que era mayoría sentía un placer, a costa de los segundo, que era minoría. A pesar de ello, ese placer no justifica las barbaries que acontecían en la arena, es por tal circunstancia que se demuestra como los derechos individuales puede quedar vulnerados mediante esta corriente. Ahora bien en cuanto al segundo punto, podemos señalar que es imposible dar a las cosas un valor económico, así como hacer una distinción entre niveles de placeres, en otras palabras es totalmente impracticable darle un valor a las cosas y mediante ese hacer un tasación sobre que vale menos y que vale mas, ya que en este aspecto a veces las cosas tiene un valor por el contexto en que se encuentran o la circunstancia. Asimismo, tomando en cuenta lo anterior, las plantas quedaría en una situación de desventaja frente a los animales, ya que a éstos primeros no son incluidos por los utilitaristas.
En relación con lo anterior, Cortina nos habla de la comunidad política y la comunidad moral. La primera es aquella que se deriva de un pacto social y que los miembro que la conforman son agentes racionales (humanos), en este grupo se excluyen los animales, las plantas y minerales, toda vez que aquellos no pueden imaginar futuros posibles, hacer planes a largo plazo y conceptualizar normas convenidas socialmente. A pesar de que todas estas acciones son exclusivas del ser humano y los animales no pueden racionalizar, lo anterior no es óbice para que exista una legislación que exija respeto a la naturaleza. Ello es así, porque si bien los animales y las plantas no son seres racionales, no menos es verdad que merecen consideración moral, como parte de la comunidad.
Es verdad que los animales y la naturaleza no pueden ser sujetos de derecho, ni exigir el cumplimiento de tales, sin embargo merecen un trato digno, y sólo se les puede afectar mediante razones justificadas. De lo anterior se podría mencionar lo que se conoce como “derecho de las futuras generaciones”, en virtud que aquellas a pesar que no existan todavía, tienen el derecho de contar con esos recursos naturales para su subsistencia, y si bien el hombre es el único que lo puede conservar, también es el único que lo puede destruir. En razón de lo anterior, estamos obligados a cuidar y conservar el medio ambiente ya que así como nos pertenece ahora, será de otros también en algún momento y tiempo determinado. Se puede decir que quien se acostumbra a cuidar de los animales se interesa más por el bienestar de las personas.
Para finalizar, podemos observar de la imagen arriba que en la misma hay un puente y un paisaje. El primero ciertamente fue construido por un ser humano, el cual le dedicó tiempo, recursos y trabajo; el segundo, no fue construido por el sino ya existía. Si bien el puente tal vez puede disponer de el, es decir, destruirlo, modificarlo y repararlo, de los animales, las plantas y los minerales que se encuentran en el medio ambiente si puede bajo una razón suficiente, ya que estos últimos tiene un valor intrínseco el cual es necesario conservar para las generaciones futuras.





1 comentario:

  1. Betway: Welcome to the best online casino | Keenum
    Betway is 카지노사이트 an online gambling site which was founded in งานออนไลน์ 2003 and is part of the Evolution Gaming family. kadangpintar It was established in 2004.

    ResponderEliminar